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Reglamento de Participación ciudadana del Gobierno de San Nicolás de los garza

  • Sección 1º Art. 134 al 142
  • Sección 2º Art. 143 al 144
  • Sección 3º Art. 145 al 155
  • Sección 4º Art. 156 al 161
  • Sección 5º Art. 162 al 170

Sección 2º Art. 143 al 144

Artículo 143.- El Programa de Presupuesto Participativo tiene por objeto general promover la participación de los ciudadanos del Municipio organizada y corresponsablemente en la toma de decisiones que inciden en su comunidad mediante la resolución del destino de una parte del Presupuesto de Egresos del Municipio. 


Artículo 144.- El Programa de Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos específicos:

I. Motivar la participación ciudadana;

II. Estimular la organización de la sociedad;

III. Concientizar de las necesidades y prioridades del entorno;

IV. Involucrar a los ciudadanos en la toma de decisiones públicas;

V. Promover el reconocimiento y trato entre los ciudadanos;

VI. Facilitar la comunicación entre municipio y ciudadanos;

VII. Contar con una opción para solucionar problemas comunes; y

VIII. Construir ciudadanía y empoderar a la sociedad. 

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