Reglamento de Participación ciudadana del Gobierno de San Nicolás de los garza
Sección 2º Art. 143 al 144
Artículo 143.- El Programa de Presupuesto Participativo tiene por objeto general promover la participación de los ciudadanos del Municipio organizada y corresponsablemente en la toma de decisiones que inciden en su comunidad mediante la resolución del destino de una parte del Presupuesto de Egresos del Municipio.
Artículo 144.- El Programa de Presupuesto Participativo tiene los siguientes objetivos específicos:
I. Motivar la participación ciudadana;
II. Estimular la organización de la sociedad;
III. Concientizar de las necesidades y prioridades del entorno;
IV. Involucrar a los ciudadanos en la toma de decisiones públicas;
V. Promover el reconocimiento y trato entre los ciudadanos;
VI. Facilitar la comunicación entre municipio y ciudadanos;
VII. Contar con una opción para solucionar problemas comunes; y
VIII. Construir ciudadanía y empoderar a la sociedad.